El TS respalda a la activista Yolanda Domnguez, que llam “machista y violento” al youtuber ‘un to blanco hetero’


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El Tribunal Supremo (TS) ha rechazado que la activista feminista Yolanda Domnguez haya vulnerado el honor del youtuber Un to blanco hetero’ al publicar varios tuits en los que le llamaba “machista, troll y violento con las mujeres”, ya que considera que los tuits se amparan en la libertad de expresin y que se publicaron en el marco de un “enfrentamiento ideolgico”.

Los magistrados de la Sala de lo Civil apuntan, adems, que el ‘youtuber’ haba destacado por ser “especialmente crtico, incluso despectivo, con mujeres activas en el movimiento feminista”, as como “tolerante con la violencia verbal hacia mujeres en mensajes publicados por terceros en su canal de YouTube”.

El ‘youtuber’ llev el caso ante el Juzgado de Primera Instancia nmero 72 de Madrid, que entendi que se haba vulnerado su derecho al honor y conden a la mujer a abonarle 1 euro de indemnizacin, lo que l haba pedido para reparar un dao moral genrico.

Disconforme con la decisin, la activista acudi a la Audiencia Provincial de Madrid, que estim su recurso. Finalmente, el creador de contenido elev el asunto ante el Supremo con la esperanza de volver a ganar el pulso en los tribunales, pero los magistrados han desestimado su recurso

“FUERTES CRTICAS” A FEMINISTAS

El Supremo explica que el demandante es titular de una cuenta de YouTube que tena unos 250.000 seguidores y que publicaba peridicamente vdeos con “fuertes crticas hacia determinadas activistas feministas”, entre ellas la demandada, con varias publicaciones y con presencia activa en medios de comunicacin, conferencias y redes sociales.

Seala que en el foro de comentarios a un vdeo donde hubo crticas a esta mujer, varios de los seguidores del canal de YouTube de ‘Un to blanco hetero’ publicaron comentarios insultantes e incluso amenazadores hacia ella y el demandante no los elimin.

Despus, contina la sentencia, la Universidad Europea Miguel de Cervantes organiz una mesa redonda sobre ‘Feminismo y gnero en la Espaa de hoy’ en la que, entre otras personas, intervino este ‘youtuber’, que particip sin desvelar su identidad y con el disfraz habitual con el que aparece en los vdeos que sube a su canal de YouTube.

La activista demandada public en julio de 2019, en su cuenta de la red social X, mensajes para “denunciar pblicamente que instituciones universitarias organicen mesas redondas para hablar de feminismo invitando a trols como ‘Un to blanco hetero’ que es machista y violento con las mujeres”.

“Qu poca tica, qu poco feminista y qu insultante”, public, as como un tuit con una foto del conocido como ‘El Prenda’, integrante del grupo ‘La Manada’, cuyos integrantes fueron condenados por una violacin grupal en Pamplona durante los Sanfermines de 2016, que llevaba una camiseta con el lema ‘Un to blanco hetero’, y con el mensaje: “‘El prenda’ con la camiseta de ‘Un to blanco hetero’, este es el nivel de los ponentes elegidos por la @UEMC para hablar de igualdad”.

En respuesta, el ‘youtuber’ public un vdeo que gener varios comentarios en el foro asociado a dicho vdeo, algunos de los cuales contienen “insultos o incitaciones a actuar violentamente contra la demandada”.

LA EXPRESIN “VIOLENTO” NO ES DESPROPORCIONADA

El alto tribunal indica que el contexto en el que se hicieron las manifestaciones “era de un enfrentamiento ideolgico entre la demandada, que defenda determinadas ideas y planteamientos feministas, y el demandante, que se opona radicalmente a esos planteamientos”.

“Y en ese enfrentamiento, el demandante no solo haba publicado un vdeo en el que criticaba y descalificaba a la demandada, identificndola con nombre y apellidos y reproduciendo una grabacin de un acto pblico en el que intervena la demandante, sino que adems toler que sus seguidores publicaran en el foro de su canal de YouTube comentarios insultantes y amenazantes para la demandada”, expone.

Y “en este contexto, la libertad de expresin ampara que la demandada hubiera calificado al demandante como troll y machista. Y la expresin ‘violento con las mujeres’ utilizada por la demandada para calificar al demandante, en este contexto, no resulta desproporcionada ni desconectada de la materia sobre la que versa el mensaje de la demandada”, aade.

Los magistrados consideran que la activista no se est refiriendo a que el demandante haya realizado concretos actos de violencia fsica respecto de alguna mujer en concreto, “sino a que mantiene una conducta de agresividad gestual y verbal contra mujeres del movimiento feminista y permite que en su canal de YouTube se publiquen comentarios insultantes e incluso amenazadores contra esas mujeres lo que, a juicio de la demandada, puede ser calificado como violencia contra las mujeres”.





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