El Supremo sentencia que Garca Ortiz se extralimit al nombrar a Delgado impidiendo al Consejo Fiscal pronunciarse sobre su relacin con Garzn


Nuevo varapalo del Tribunal Supremo al fiscal general del Estado, lvaro Garca Ortiz. La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha anulado el nombramiento de fiscal de Sala de Derechos Humanos y Memoria Democrtica de Dolores Delgado con un claro mensaje al fiscal general: no era competente decidir en nombre de un rgano colegiado, como el Consejo Fiscal, sobre el posible conflicto de intereses entre la ex ministra Delgado y la actividad profesional de su cnyuge el ex juez Baltasar Garzn.

El Alto Tribunal ha notificado este martes la sentencia donde por segunda vez anula un ascenso de Delgado a la mxima categora de la Carrera Fiscal. En la resolucin -el primero de los tres fallos estimatorios acordados por la Sala Tercera, los magistrados explican que “siendo el Consejo Fiscal un rgano colegiado, corresponde a quien lo preside establecer el orden del da y dirigir su deliberacin”, en referencia a lvaro Garca Ortiz. “No obstante”, -prosigue la Sala- “el ejercicio de estas funciones no comprende rechazar de plano por s mismo solicitudes como las de autos, que no son manifiestamente infundadas, ni tomar, igualmente por s mismo, decisiones que corresponden, no a su presidente, sino al Consejo Fiscal en pleno”.

En la sentencia, el Alto Tribunal, por amplia mayora (la sentencia cuenta con un voto particular de la magistrada progresista Pilar Teso), expone que hay “indicios” para pensar que Dolores “poda verse afectada” por la prohibicin recogida en el Estatuto Orgnico del Ministerio Fiscal sobre las causas de incompatibilidad o prohibiciones a las que estn sometidas los fiscales.

“Indicios” de incompatiblidad

Durante el Pleno del Consejo Fiscal que tuvo lugar en junio de 2023, la mayora de los vocales -tanto los seis de la Asociacin de Fiscales como el consejero de la Asociacin Profesional e Independiente de Fiscales-sostuvieron que haba un claro conflicto de intereses en Dolores Delgado y, por tanto, razones de incompatibilidad para el cargo por ser la pareja sentimental de Garzn. Alegaron que no era “en absoluto aventurado sealar que muchas de las denuncias que al amparo de lo dispuesto en la Ley de Memoria Democrtica lleguen a la nueva Fiscala que lleva ese mismo nombre estarn firmadas por la Fundacin de Baltasar Garzn, FIGBAR”.

Sin embargo, dicha peticin fue inadmitida de plano por el fiscal general que hurt as a este rgano la posibilidad de examinar este extremo. Fuentes fiscales explican que Garca Ortiz opt por no dejar pronunciarse al Consejo Fiscal sobre la posible incompatibilidad de Delgado para la plaza porque eso habra retrasado el nombramiento en un momento en el que haban sido convocadas las elecciones generales del 23-J. Es decir, si aceptaba que el rgano se pronunciase sobre un conflicto de intereses de Delgado con el ex juez Garzn corra el claro riesgo de que su amiga y predecesora no fuera nombrada para esta plaza tan ansiada a lo largo de su carrera profesional con un Gobierno de otro signo poltico (si hubiera logrado gobernar el Partido Popular como sealaban en aquel momento la mayora de encuestas).

La Sala recuerda ahora que “Delgado est unida en relacin equiparable a la conyugal con Baltasar Garzn” y que el ex juez “est al frente de un despacho jurdico y de una fundacin” especializados en materia de Derechos Humanos; que “dicha actividad, en tanto supone una prestacin de servicios profesionales, puede reputarse de carcter mercantil”, siendo la circunscripcin territorial de la Fiscala concernida toda Espaa y las actividades del despacho y de la fundacin, aunque se extienden ms all, comprenden toda Espaa. Adems, el Supremo subraya que “la especializacin del despacho y de la fundacin coincide significativamente con la materia sobre la que versa la Fiscala para la que ha sido nombrada Delgado: los derechos humanos y la defensa de las vctimas de su violacin, extremo que no ha sido controvertido por los recurridos”.

Adems, el Alto Tribunal explica que artculo 58 de Estatuto Orgnico del Ministerio Fiscal indica que “puede bastar para aplicarlo una situacin objetiva de las caractersticas de la que describe si fuere susceptible de suponer el obstculo a la imparcialidad del fiscal contra el que previene la Ley. Es decir, no es preciso que exista un determinado conflicto de intereses, sino que sea posible su existencia en razn del presupuesto ofrecido por el vnculo familiar y por la naturaleza de la actividad mercantil”.

“En consecuencia, se produjo la infraccin del artculo 58.1 del EOMF y de su artculo 14.4 e) en la medida en que ha de considerarse comprendida en l la facultad que le atribuye el anterior, as como del artculo 3 h) del Reglamento de Constitucin y Funcionamiento del Consejo Fiscal, aprobado por el Real Decreto 437/1983, de 9 de febrero, que establece las competencias de su pleno. Este defecto es sustancial e invalida la propuesta del fiscal general del Estado y, por tanto, el posterior real decreto”, reza el fallo.

La Sala impone la retroaccin de las actuaciones para que el Consejo Fiscal, “sin demora”, ejerza la competencia que le concede el artculo 58.1 del Estatuto Orgnico del Ministerio Fiscal. “Esta decisin no slo deber tomarla con agilidad, sino tambin con todas las garantas y, en especial, con la motivacin necesaria, a la vista de que afecta al derecho fundamental de Delgado a ser promovida en la Carrera Fiscal en condiciones de igualdad y con los requisitos establecidos por la ley”, ordena el Supremo.





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