El Supremo confirma la pena a un funcionario que difundi en WhatsApp datos de 8.300 miembros de mesas electorales


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El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a dos aos de crcel para un funcionario del Ayuntamiento de Valencia que distribuy en un chat de WhatsApp de un grupo de padres los datos de 8.334 personas que haban sido seleccionadas para integrar las mesas electorales de los comicios de abril de 2019.

El alto tribunal ha rechazado el recurso del acusado contra la sentencia de la Audiencia Provincial que le conden por esa difusin y, por tanto, ha confirmado el fallo, contra el que ya no cabe recurso.

Fue el Juzgado de Instruccin nmero 17 de Valencia el que inici el procedimiento contra Alfonso G.G., un funcionario con categora de personal tcnico superior adscrito al servicio de tecnologa de la informacin del Ayuntamiento de Valencia.

“Aprovechando que por su puesto de trabajo en el departamento de informtica del Ayuntamiento, tena acceso legtimo” al archivo que contena la relacin de todos los integrantes seleccionados para conformar las mesas electorales de las elecciones generales y de las autonmicas de la Comunidad Valenciana que se celebraron el da 28 de abril de 2019, el funcionario los difundi.

Unos datos que contenan el nombre, apellidos, DNI, direccin y cargo de presidente o vocal, titular o suplente de las 8.334 personas que haban sido designadas para conformar esas mesas.

El acusado procedi a su difusin por la red de mensajera WhatsApp, en un chat del grupo de padres del colegio, “comenzando una difusin en cadena por parte de diversos usuarios de la aplicacin”, totalmente ajenos al Ayuntamiento de Valencia y, por tanto, “permitiendo el acceso al archivo a ms de un centenar de personas”.

Por ello, la Audiencia Provincial conden a Alfonso G.G. como autor de un delito de violacin de secretos, penado con dos aos de prisin y la inhabilitacin especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena

Asimismo, le conden a doce meses de multa a razn de 10 euros diarios, lo que supone un total de 3.600 euros, y la suspensin de empleo o cargo pblico por tiempo de un ao.

En su recurso al Supremo, el condenado pide la absolucin y alega para ello que desconoca que la accin realizada fuera delito y que los datos que difundi en el chat Recuerda el Tribunal Supremo que el acusado era funcionario del Ayuntamiento de Valencia, con titulacin de ingeniero informtico y que haba recibido una formacin especfica en materia de proteccin de datos. Por tanto, segn confirm un testigo en el juicio, conoca las medidas que deban adoptarse para proteger esos datos.

De este modo, el Supremo explica que “se publicaron datos de ms de 8.000 personas que incluan informacin personal muy relevante (nombre, DNI y domicilio), se divulgaron en una red cuya propagacin puede ser masiva y, por la naturaleza de los datos, se caus un riesgo objetivo de que pudieran ser utilizados por terceros para fines delictivos”.

Por lo tanto, los hechos objeto de acusacin han sido correctamente subsumidos en el delito tipificado en el artculo 417 del Cdigo Penal. En suma, se difundieron esos datos a travs de una red social con el riesgo de suplantaciones de personalidad, estafas y localizacin de esas personas en sus respectivos domicilios, as como en las mesas electorales.





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