La Audiencia condena a 74 aos a cuatro etarras que intentaron matar a dos periodistas con una bomba en la puerta de su casa
La Audiencia Nacional ha condenado a 74 aos y 4 meses de crcel a cuatro miembros de ETA por la colocacin de un paquete bomba, que no lleg a explosionar, en la puerta de la vivienda de San Sebastin donde residan un matrimonio de periodistas y su hijo de un ao y medio. Los hechos tuvieron lugar el 10 de noviembre de 2000.
La sentencia la Seccin Cuarta condena a los tres autores materiales de la colocacin del artefacto (Imanol Miner Villanueva, Asier Garca Justo, Jon Zubiaurre Aguirre) y al inductor del atentado (PatxiXabier Macazaga Azurmendi) a 19 aos y 10 meses de prisin por tres delitos de asesinato en grado de tentativa y a otros 14 aos y 10 meses por estragos terroristas tambin en grado de tentativa. Los cuatro reconocieron durante el juicio su participacin en los hechos.
La sentencia llega das despus de que el tribunal impusiera a otros dos etarras 30 aos de prisin por asesinar a otro periodista, el colaborador de EL MUNDO Jos Luis Lpez de Lacalle.
Adems de las penas de crcel, los magistrados imponen a los cuatro acusados la prohibicin de aproximarse, en los cinco aos posteriores al cumplimiento de la condena, a las vctimas del atentado, los periodistas de El PasAurora Intxausti y de Antena 3 Juan Palomo y, a su domicilio, lugar de trabajo y lugares frecuentados por ambos.
En cuanto a la indemnizacin, la Sala condena a los acusados al pago a Aurora Intxausti de 28.815,25 euros, adems de otros 123.548,59 euros, y a Juan Palomo con la cantidad de 75.000 euros.
La Sala considera que en el presente caso “es incuestionable el dao moral experimentado por ambas vctimas pues se vieron gravemente atacadas en su propio domicilio, de una manera inesperada y con altas probabilidades de haber podido perder la vida, tanto la suya propia como la de su hijo que por aquel entonces tan solo tena 18 meses de edad”.
Aade que, a raz de estos hechos, “experimentaron un fundado y explicable temor a ser atacados de nuevo, motivo por el que se vieron obligados a abandonar el que haba sido su lugar de residencia y dejar la forma de vida que haban mantenido hasta entonces”. Tras el atentado tuvieron que cambiar de ciudad, de lugar de trabajo y alejarse con ello de su entorno familiar y de sus relaciones sociales, “hasta el punto de que en cada ocasin que tenan que regresar al PasVasco deban contar con proteccin policial”.
La sentencia relata en sus hechos probados que en el ao 2000 los procesados, como miembros del comando Gaua de ETA, realizaron labores previas de informacin para averiguar el domicilio donde resida la pareja de periodistas y estudiar la viabilidad de colocar un artefacto explosivo en el rellano de su puerta.
El 10 de noviembre de 2000, sobre las 8 de la maana, cuando Juan Palomo abra la puerta de su casa para dirigirse a su centro de trabajo, escuch una explosin similar a la de un petardo, observando sobre el felpudo una maceta con una planta. Pidi a su mujer, que sala con su hijo de un ao, que regresaran al interior y se colocaran en el lugar ms alejado de la puerta.
El artefacto explosivo, compuesto por dos kilos y medio de dinamita y otros tantos de tornillera, a modo de metralla, estaba preparado para que se activara al abrir la puerta del domicilio, pero no lleg a explotar porque fall la conexin entre el detonador y el explosivo.
La sentencia recoge el testimonio que prestaron en el juicio las dos vctimas, que explicaron como cambiaron sus vidas desde el atentado y la de muchos de sus compaeros que continuaron en el Pas Vasco.
Para la Sala, resulta acreditado sin lugar a duda que la colocacin del artefacto en la puerta de la vivienda en la que residan los dos periodistas con su hijo de 18 meses “tena como nica finalidad causar su muerte de todos ellos o cuando menos este era el resultado que podan representarse como posible en el caso en que aquel artefacto llegara a detonar”.
En relacin con la participacin de los acusados, la Audiencia indica que no solo ha quedado acreditada por sus declaraciones autoinculpatorias, sino tambin por la prueba pericial de inteligencia que recoge el informe pericial.