El Supremo resta valor a una colaboracin tarda de balos con la Justicia: «En este momento es poco relevante lo que pudiera aportar»


La existencia de numerosos indicios racionales de criminalidad frente al acusado, formalizados ya en una resolucin judicial de imputacin, con relacin a la eventual comisin de varios graves delitos; concluida ya la instruccin; e interesadas por las acusaciones la imposicin de muy graves penas privativas de libertad (que superan con holgura los veinte aos de prisin); unido al previsiblemente muy prximo enjuiciamiento y a la naturaleza no recurrible de la sentencia que en su momento recaiga, determinan ahora, a juicio del instructor, que el riesgo de que el Sr. balos Meco pudiera sustraerse a la accin de la justicia resulta mximo en este momento, sin que el mismo pueda ya conjurarse con satisfactorio pronstico con el simple mantenimiento de las medidas cautelares hasta ahora acordadas.

Con esta argumento, el magistrado instructor del caso Koldo, Leopoldo Puente, acord ayer el ingreso en prisin incondicional del ex ministro de Transportes y ex secretario de Organizacin del PSOE, Jos Luis balos. A primera hora de la maana, Puente haba recibido la peticin de prisin sin fianza de la Fiscala Anticorrupcin. El juez tambin orden ayer encarcelar a su ex asesor Koldo Garca sin la posibilidad de eludir la prisin preventiva con el pago de fianza alguna. En ambos casos, el juez apreci un incremento del riesgo de fuga.

El instructor del denominado caso Koldo acord la medida privativa de libertad por la trama de las mascarillas durante la pandemia del Covid, aunque tanto balos como Koldo continan imputados en la pieza incoada en el TS por los presuntos amaos de adjudicacin de obra pblica. En esta otra pieza adems figura como investigado el tambin ex secretario de Organizacin del PSOE, Santos Cerdn, quien abandon la prisin de Soto del Real (Madrid) el pasado 19 de noviembre. El mismo centro penitenciario en el que ayer, pasadas las seis de la tarde, ingresaron balos y Koldo.

Por su parte, el auto de prisin del ex ministro de Transportes dibuja un futuro procesal muy desfavorable y complejo para balos: por la gravedad de los delitos atribuidos, la proximidad del juicio, las amplias posibilidades de una sentencia condenatoria en el Supremo y tambin porque una colaboracin tarda tampoco le servira para revertir la situacin, segn lo sealado por el propio juez Puente.

En la resolucin, el instructor rechaza que el ingreso en prisin del diputado tenga por objetivo forzar una declaracin colaborativa del ex ministro, tal y como sostuvo en la vistilla de medidas cautelares celebrada ayer su letrado, el ex fiscal de la Audiencia Nacional, Carlos Bautista. El propsito que la defensa atribuye a las acusaciones al solicitar el ingreso en prisin provisional del Sr. balos Meco, sobre constituir una pura y simple especulacin, no guarda relacin alguna con lo que aqu decidido (salvo que dicho propsito quisiera hacerse extensivo tambin al instructor). En cualquier caso, parece claro que, si ese fuera el -sin duda inaceptable-, propsito de las acusaciones o del instructor, no sera este el momento ms adecuado para acordar la prisin provisional, cuando ya, debido al avanzado estado del procedimiento, poco relevante parece que pudiera el acusado aportar en este momento con relacin a su objeto, recalc el juez .

El instructor atribuye a ambos acusados la comisin de delitos de integracin en organizacin criminal, cohecho, uso de informacin privilegiada, trfico de influencias y malversacin de caudales pblicos.

El magistrado de la Sala de lo Penal seal que, de acuerdo con lo expresado por la Fiscala y la acusacin popular, adems de existir indicios ms que bastantes de la eventual comisin de graves hechos delictivos, el posible riesgo de que dichos acusados pudieran sustraerse a la accin de la justicia resulta, en este momento, extremo. Entiende que ese peligro no puede conjurarse con el simple mantenimiento de las medidas cautelares que pesaban hasta ahora sobre ambos: comparecencias quincenales en el Juzgado y retirada del pasaporte.

En el auto, Puente hace adems referencia a la condicin de diputado que balos ha esgrimido para intentar evitar la medida cautelar. l mismo ha sealado, ratificando los argumentos expuestos primeramente por su defensa, que el salario que percibe por ello resulta ser su actual medio de vida. El Sr. balos Meco explic tambin, sin embargo, que, de acordarse en la causa la prisin provisional, podra perder el derecho a seguir percibiendo dicho salario, circunstancia que, evidentemente, se producira tambin, dentro previsiblemente de pocos meses, para el caso de ser dictada en su contra una sentencia de sentido condenatorio. Mal puede entenderse en esas circunstancias que la percepcin de dicho salario le vincule de particular manera estable a nuestro pas, concluye el juez.

Koldo Garc

Koldo Garca.EFE

El riesgo de fuga se apoya tambin en las circunstancias econmicas en las que el ex dirigente socialista se ha movido en los ltimos aos. No puede tampoco desconocerse que balos ha podido recibir y manejar importantes cantidades de dinero en metlico, al punto que durante varios aos no precis realizar egreso alguno de sus cuentas bancarias, lo que permite inferir razonablemente que pudiera disponer de recursos econmicos bastantes para emprender y sostener la fuga.

En el auto referido al ex ministro de Transportes, el juez acuerda que la Letrada de la Administracin de Justicia ponga el auto de prisin en conocimiento de la presidenta del Congreso de los Diputados, Francina Armengol, as como el auto del pasado 3 de noviembre, en el que dio por terminada la investigacin y propuso sentar al diputado al banquillo. Cumple as el instructor con lo establecido en el Reglamento del Congreso de los Diputados. En este sentido, el magistrado indica que los efectos que pueda proyectar la prisin provisional del Sr. balos Meco sobre su actividad parlamentaria es decisin que corresponde adoptar al Congreso de los Diputados en aplicacin del Reglamento que lo regula.

Durante la vistilla de medidas cautelares, balos defendi su arraigo como diputado frente al riesgo de fuga apreciado por el fiscal jefe Anticorrupcin Alejandro Luzn. Por otro lado, su ex asesor Koldo Garca tambin neg que existiese un riesgo claro de que vaya a sustraerse a la accin de la Justicia.

La resolucin que enva a prisin a Koldo Garca es muy similar a la del ex ministro. El asesor hizo hincapi en su situacin familiar -una hija de cinco aos, casado, con hermanos y una madre a la que atiende-, defendiendo con ello su arraigo en Espaa.

El hecho cierto, rebate el juez, es que, si dicho riesgo extremo [de fuga] se concretara, cualquiera de dichos familiares podra, si ese fuera su deseo, desplazarse a su encuentro, teniendo en cuenta el horizonte penal en este momento previsible por las razones expresadas para el Sr. Garca Izaguirre, o preferir ste separarse temporalmente de su familia con el propsito de eludir aquel escenario personalmente muy desfavorable.

El magistrado ha acordado la prisin incondicional de balos y Koldo para asegurarse de que ambos se sentarn en el banquillo de los acusados. El juez, no obstante, todava no ha dictado el auto de apertura de juicio oral; circunstancia que constituye un baln de xgeno para balos. ste aun puede renunciar al acta de diputado y propiciar que, en consecuencia, el caso sea enviado a la Audiencia Nacional (mientras Puente no dicte el auto de apertura). Una vez emitida esta resolucin, aunque el parlamentario renuncie al escao, la competencia correspondera al Alto Tribunal.





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