El Supremo rechaza el recurso de Ábalos contra su suplicatorio al existir “indicios bastantes” más allá de las declaraciones de Aldama
El magistrado de la Sala Penal del Supremo Leopoldo Puente ha rechazado este martes el recurso presentado por el exministro y diputado José Luis Ábalos contra el auto del pasado 18 de diciembre en el que elevó suplicatorio al Congreso para suspender su inmunidad en la causa que sigue contra él por distintos delitos de corrupción, al confirmar los indicios existentes “bastantes” que no son “meras o simples sospechas”.
En ese sentido, el instructor detalla en su resolución dichos indicios que, en contra de lo que pretende el exministro no se fundamentan únicamente en la declaración de Víctor de Aldama. “No solo son, como también se explicaba en el auto impugnado, las declaraciones de Aldama las que justificaron la decisión de elevar el correspondiente suplicatorio. Existen, como ya se ha expuesto también, indicios racionales de que Ábalos pudo haber obtenido beneficios económicos, procedentes de Aldama, de otra naturaleza distinta a la entrega de cantidades en metálico”, indica el auto.
Además, el juez Puente recuerda que la condición de aforado del ex número tres del PSOE ha supuesto hasta ahora cierto blindaje judicial. “Es evidente, sin embargo, que la condición de aforado del señor Ábalos Meco, ha impedido, en tanto se concede el suplicatorio que determina el artículo 71.2 de la Constitución, proceder a la investigación de su patrimonio y, en particular, no ha sido posible tampoco la adopción de medidas eventualmente limitativas de sus derechos fundamentales, por lo que los mencionados indicios respecto de la recepción de cantidades irregulares en metálico procedentes del señor Aldama, solo podrá confirmarse o ser descartada a partir de la concesión de aquél y como resultado de la posterior investigación a la que hubiere lugar”.
En el mismo auto, el magistrado rechaza la nulidad de las actuaciones instada por el ex ministro de Pedro Sánchez basándose en que agentes de la Guardia Civil, que participaban en la investigación que se seguía en la Audiencia Nacional, habrían procedido sin autorización judicial previa, a la apertura de un sobre cerrado dirigido expresamente al exministro y que portaba un hermano del investigado Koldo García, y que fotografiaron los documentos que contenía.
El juez destaca que la Unidad Central Operativa (UCO) ha resaltado en un informe que dicho sobre no estaba cerrado ni estaba nominalmente dirigido a Ábalos, sino que se trataba de un sobre abierto y sin destinatario aparente. El auto añade que, en cualquier caso, los documentos fotografiados carecen de toda relevancia en la investigación de los hechos.
En un segundo auto, el juez declina otorgar, en este momento, la preceptiva licencia que solicitó el PSOE para interponer querella por delito de injurias y calumnias contra el empresario Víctor de Aldama por el contenido de su declaración ante el instructor.
El instructor explica que en el momento marcadamente embrionario en el que se encuentra la investigación no puede aseverarse la mendacidad de las referidas declaraciones ni tampoco que resulten ajenas al objeto de la investigación. Añade que la apertura, mientras se desarrolla la fase de instrucción, de un procedimiento paralelo por calumnias generaría inaceptables disfunciones procesales.
No obstante, señala que la negativa a conceder la licencia, apoyada por la Fiscalía, para querellarse no es decisión que tenga necesariamente carácter definitivo, y que una vez concluido el juicio o en caso de que la causa termine por inexistencia de indicios, podría llegar a otorgarse.