El Supremo no reconoce las sentencias extranjeras que validan los contratos de gestacin subrogada


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El Tribunal Supremo declara que el reconocimiento de una sentencia extranjera que valida un contrato de gestacin subrogada y atribuye la paternidad a los padres de intencin es contrario al orden pblico, pues “entraa una explotacin de la mujer” y trata a los nios como “simples mercancas”.

Dice la Sala Primera que “la gestacin subrogada atenta contra la integridad moral de la mujer gestante y del nio, que son tratados como cosas susceptibles de comercio”, privados de la dignidad propia del ser humano, al tiempo que priva al menor de su derecho a conocer su origen biolgico.

Atenta tambin contra la integridad fsica de la madre, que puede verse sometida a “agresivos tratamientos hormonales para conseguir que quede embarazada”. Y puede atentar tambin a la integridad fsica y moral del menor, habida cuenta de “la falta de control de la idoneidad de los padres” de intencin, que son quienes contratan a la madre gestante.

La Sala sostiene que un contrato de gestacin subrogada – tambin conocida como vientre de alquiler, que no es legal en Espaa- como el que fue validado por la sentencia de EEUU “entraa una explotacin de la mujer” y “un dao a los intereses superiores del menor”.

El tribunal norteamericano valid el contrato de gestacin subrogada mediante dos sentencias. La primera, dictada antes del parto, obligaba a la mujer gestante a entregar inmediatamente el nio a los padres de intencin, por lo que la madre no poda negarse a esa entrega una vez producido el parto.

Y es notorio que en EEUU la gestacin subrogada constituye un “enorme negocio” en el que los padres comitentes “desembolsan importantes cantidades de dinero”, que en parte va a la madre gestante, por lo que el consentimiento de esta, prestado antes del parto, ha sido obtenido mediante pago o compensacin de algn tipo, dice el Supremo.

Tras ello, los padres de intencin presentaron una demanda en un juzgado de nuestro pas en el que solicitaron el reconocimiento de efectos de la sentencia de EEUU, pero el juzgado espaol lo rechaz.

El juez explic que “no cabe el reconocimiento y ejecucin solicitada porque subyace un fraude de ley que no puede quedar amparado por nuestro ordenamiento jurdico, ya que los demandantes iniciaron de forma consciente y querida un proceso para obtener un nio menor, mediante la suscripcin de un contrato de gestacin subrogada que est prohibido en nuestro ordenamiento jurdico”, un fallo que confirm la Audiencia Provincial y tambin el Supremo.

La Sala rechaza que negar el reconocimiento de la sentencia extranjera infrinja el principio superior de proteccin del menor.

Porque la concrecin de lo que en cada caso constituye el inters del menor no debe hacerse conforme a los intereses y criterios de los padres de intencin, ni la proteccin del inters superior del menor puede fundarse en la existencia de un contrato de gestacin y en la filiacin a favor de los padres intencionales que prev la legislacin extranjera.

Si no que, contina, habr de partir de “la ruptura de todo vnculo de los menores con la mujer que los gest y alumbr”, la existencia de una filiacin biolgica paterna y de un ncleo familiar en que estn integrados los menores.

La sentencia intenta salvaguardar los derechos fundamentales de las madres gestantes y de los nios en general, que resultaran gravemente lesionados si se potenciara la prctica de la gestacin subrogada comercial porque se facilitara la actuacin de las agencias de intermediacin, en caso de que estas pudieran asegurar a sus potenciales clientes el reconocimiento casi automtico en Espaa de la filiacin resultante del contrato de gestacin subrogada.

Y todo ello, dice, pese a la vulneracin de los derechos de las madres gestantes y de los propios nios, “tratados como simples mercancas”, y sin comprobar la idoneidad de los padres de intencin.





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