El Supremo estima en 80.000 euros las costas que debe pagar Garca Ortiz por el proceso que le inhabilit como fiscal general
La puntilla de una condena es el pago de las costas del proceso. “Las costas procesales se entienden impuestas por la ley a los criminalmente responsables de todo delito”, establece el artculo 123 del Cdigo Penal. En el caso del criminalmente responsable lvaro Garca Ortiz, la tasacin que ha recibido asciende a 79.942,70 euros, segn la comunicacin remitida al ya ex fiscal general del Estado por el Tribunal Supremo.
La cifra responde a los honorarios del abogado y procurador de Alberto Gonzlez Amador, que impuls el procedimiento penal que acab en una condena a 10.000 euros de indemnizacin, 7.200 de multa y dos aos de innhabilitacin por un delito de revelacin de datos reservados.
La sentencia del Tribunal Supremo, ante el que el entonces fiscal general estaba aforado, tambin incluy “el pago de las costas procesales correspondientes, incluyendo las de la acusacin particular”. Conforme a lo notificado por la letrada de la Administracin de Justicia, los honorarios del procurador ascienden a 1.560,38 euros, IVA incluido. Los del abogado Gabriel Rodrguez-Ramos, a 78.282,32 euros.
Las cantidades pueden ser impugnadas por el condenado, por lo que no se trata de una cantidad definitiva. Si Graca Ortiz lo considera excesivo, la letrada de la Administracin de Justicia pedir un informe no vinculante al Ilustre Colegio de la Abogaca de Madrid. Con todo ello, la letrada del TS dictar un decreto manteniendo la cifra de casi 80.000 euros o reducindola.
El letrado de Gonzlez Amador present al Supremo un extenso escrito detallando y motivando los distintos honorarios. Arranca recordando que con la atribucin de costas “se pretende que la carga que soporte el condenado respecto de los honorarios del letrado minutante sea proporcional al esfuerzo realizado por el mismo durante el procedimiento”.
“Esfuerzo”, subraya Rodrguez-Ramos, “que resulta innegable en el procedimiento que nos ocupa, el cual presentaba una evidente complejidad en ambas vertientes, material y procesal”. La referencia a la complejidad permite superar ciertos lmites legales en la cuanta de las costas, inicialmente fijadas en no ms de un tercio de la cuanta del proceso (en este caso, los 10.000 euros de responsabilidad civil).
En el campo de esa complejidad material, hace referencia a la propia naturaleza de los hechos investigados, al contexto institucional, a la ausencia de precedentes de un caso as y a la continua divulgacin del procedimiento en los medios, junto a su uso poltico. Destaca que, hasta el momento de la condena, el fiscal general aline “todos los medios” de la Fiscala con su propia defensa.
En el apartado de dificultades procesales, se destaca el gran nmero de partes personadas, la peculiaridad del aforamiento -la causa comenz en un juzgado, pas al Tribunal Superior de Justicia de Madrid y acab en el Supremo- y la incoacin de 15 piezas separadas para la tramitacin de recursos. Suma a ello la destruccin de datos por parte del acusado, que llev a cursar dos comisiones rogatorias internacionales y a practicar numerosas diligencias. Y, finalmente, la actuacin como defensa no solo de la Abogaca del Estado, sino de la Fiscala.
Tras esa exposicin, la represntacin de la pareja de Ayuso pasa a aplicar los criterios orientativos del Ilustre Colegio de la Abogaca de Madrid a la hora de tasar las distintas actuaciones procesales: asistencia a diligencias, presentacin de recursos, escritos de acusacin y otros varios, celebracin del juicio… Uno de los criterios es que en los trmites seguidos ante el Supremo se podr incrementar la cuanta hasta un 60%. El resultado de los clculos de los honorarios es de casi 65.000 euros por la defensa, a los que debe aplicarse el IVA, as como aadirse la cantidad sealada por el procurador.


