El Supremo abre una causa a Ábalos al apreciar indicios de varios delitos en la actuación del ex ministro
Nuevo frente judicial para el Gobierno de Pedro Sánchez. La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha acordado este jueves asumir la investigación de la actuación del ex ministro de Transportes y diputado y ex número dos del PSOE, José Luis Ábalos, por la contratación irregular de mascarillas y material sanitario durante la pandemia al apreciar indicios de varios delitos contra él en la exposición razonada remitida hace unos días por el juez Central de Instrucción de la Audiencia Nacional Ismael Moreno. El tribunal designa instructor, conforme al turno establecido, al magistrado Leopoldo Puente.
La resolución, de la que ha sido ponente el magistrado Andrés Martínez Arrieta, destaca que, en este momento procesal, al Supremo le corresponde verificar si en la exposición que le ha sido remitida se consignan hechos que, según una valoración muy provisional, pudieran ser delictivos, y si existen indicios consistentes o, dicho de otra forma, principios de prueba de la participación en ellos de la persona aforada.
Y, tras hacer un resumen del contenido de lo remitido por el juez de la Audiencia, la Sala concluye que “los hechos descritos, sin perjuicio de lo que pudiera resultar de la investigación, pudieran ser constitutivos, de acuerdo con la exposición razonada, de un delito de pertenencia a organización criminal, tráfico de influencias, de cohecho y de malversación”.
El Alto Tribunal sostiene que, en el curso de la investigación llevada a cabo por la Auidencia Nacional, en el marco del caso Koldo, “se detecta que el grupo de personas disponían de información previa sobre las necesidades derivadas de la urgencia, lo que les permitió realizar una oferta para asegurar la adjudicación del contrato de suministro a través del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana”. “Esa organización, aprovechando la condición de aforado de Secretario de organización del partido político PSOE, participó en las contrataciones de otras administraciones”, agrega.
Asimismo, el auto recoge cómo la trama le pagaba el alquiler de la casa a la que era compañera sentimental de Ábalos, Jéssica, quien residió en un piso exclusivo en el centro de Madrid y también cómo la presunta organización criminal le compró al ex ministro y ex hombre fuerte del Partido Socialista un chalé de lujo en la urbanización “La Alcaidesa”, Cádiz.
“Resulta, pues, imprescindible -destaca el auto- continuar la investigación sobre los mismos y sobre la participación en ellos de la persona aforada José Luis Ábalos Meco, siendo competente para ello esta Sala”.
Los otros imputados, en la Audiencia
Respecto a las personas no aforadas incluidas en las diligencias que instruye el juez Moreno, el Supremo señala que el procedimiento deberá continuar en la Audiencia Nacional, y que la extensión de la competencia al Supremo solamente será procedente cuando se aprecie una conexión material inescindible con los hechos investigados respecto a la persona aforada.
Asimismo, el auto de la Sala dispone que la Audiencia remita al Supremo “cuantos datos resulten de las diligencias que se practiquen y que tengan relación con los hechos atribuidos provisionalmente a la persona aforada ante esta Sala”.
El auto explica que el nombramiento de instructor en el Supremo para la investigación de la causa se realiza, en principio, sólo para la “investigación de los hechos de los que, indiciariamente, pudiera ser responsable el aforado y respecto de aquellas personas que por necesidades de la instrucción, particularmente la continencia de la causa, resulte inescindible la investigación para lo que deberá acordar lo procedente con el magistrado instructor que continúa con la instrucción de las Diligencias previas 65/2023 del Juzgado Central de instrucción núm. 2 de la Audiencia Nacional”.
“En consecuencia, la extensión de la competencia a hechos cometidos por personas no aforadas ante el Tribunal Supremo solamente será procedente cuando se aprecie una conexión material inescindible con los investigados a las personas aforadas”, recalca la resolución.