El abogado general de la UE concluye que la Ley de Amnista no choca con los intereses financieros de la Unin ni con la lucha contra el terrorismo y que no se trata de una «autoamnista»


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El abogado general de la Unin Europea Dean Spielmann ha sostenido este jueves ante el Tribunal de Justicia de la Unin Europea (TJUE) que la Ley de Amnista no choca con los intereses financieros de la UE ni con su normativa contra el terrorismo ni se trata de una autoamnista. Por tanto, propone al Tribunal de Luxembuirgo que no impida su aplicacin a los tribunales espaoles. Las conclusiones del abogado general no vinculan al TJUE, pero son un elemento de peso en la redaccin de la sentencia, para la que no hay fecha prevista.

Spielmann ha hecho pblica su postura sobre dos de las cuestiones prejudiciales presentadas por tribunales espaoles -Tribunal Superior de Justicia de Catalua y por la Audiencia Nacional- que dudaban de que aplicar la amnista fuera compatible con los intereses financieros de la Unin y la directiva europea contra el terrorismo.

Sobre la malversacin, el abogado gemeral sostiene que «la proteccin de los intereses financieros de la Unin no se opone a la extincin de la responsabilidad prevista en la Ley Orgnica de Amnista por los actos determinantes de responsabilidad contable que afecten a los intereses financieros de la Unin, puesto que no existe un vnculo directo entre esos actos y la reduccin, actual o potencial, de los ingresos puestos a disposicin del presupuesto de la Unin».

S aprecia algunas incompatibilidades en asuntos de tutela judicial, como el plazo de dos meses que da a los tribunales para pronunciarse sobre la aplicacin de la amnista. Objeciones como esa no impediran la aplicacin del fondo de la ley, sino que afectaran al procedimiento.

En cuanto al terrorismo, estima que la amnista de este tipo de delitos no choca con la directiva de la UE contra el terrorismo. «No priva a esta Directiva de su plena eficacia, puesto que meramente conlleva una ‘desactivacin’ parcial y temporal de sus efectos, al extinguir la responsabilidad penal por ciertos hechos determinados, limitados en el tiempo y por su naturaleza, sin afectar a la aplicabilidad general de la Directiva a las dems situaciones».

Aade que «cumple los estndares jurisprudenciales establecidos por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos: por un lado, parece haberse aprobado en un contexto real de reconciliacin poltica y social y no constituye una autoamnista; por otro lado, no incluye violaciones graves de derechos humanos, entre las que se cuentan, primeramente, las violaciones de los derechos a la vida y a la integridad fsica».

El pasado mes de julio, Sociedad Civil Catalana (SCC) sostuvo en la sede del TJUE en Luxemburgo que aplicar la amnista a 35 ex altos cargos de la Generalitat encausados por malversar fondos pblicos para el 1-O y Diplocat chocaba con «los intereses financieros de la UE». A continuacin, la Asociacin Catalana de Vctimas del Terrorismo (Acvot) pidi que se rechazara la amnista para los 12 miembros de los CDR acusados de terrorismo en la Audiencia Nacional.

Antes de esa vista, la Comisin Europea emiti su opinin. En un primer informe, neg que existiera «un perjuicio suficientemente directo» de los intereses financieros comunitarios. Pero el bogado del Ejecutivo comunitario, el espaol Carlos Urraca Caviedes, plante una objecin an mayor que alcanzaba a toda la norma: que se trataba de una «autoamnista», prohibida por la normativa comunitaria.

En cuanto al terrorismo, la comisin no cerr la puerta a que pudieran amnistiarse delitos de este tipo, pero siempre que se cumplieran unas condiciones de precisin legal que segn el Consejo de Europa no concurren en la denominada «Ley Orgnica 1/2024, de 10 de junio, de Amnista para la Normalizacin Institucional, Poltica y Social en Catalua».

Frente esas posiciones, los encausados en ambos procedimientos intervinieron de la mano de la Fiscala y de la Abogaca del Estado para defender la aplicacin de la Ley de Amnista en ambos procedimientos.

Tanto la Audiencia Nacional como el TSJ de Catalua mantienen los dos procedimientos en suspenso a la espera de la decisin final del TJUE, que es vinculante para los tribunales espaoles.





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