Orden de búsqueda y captura para uno de los condenados de ‘la manada de Badajoz’ por no ingresar en prisión
La Audiencia Provincial de Badajoz ha emitido un auto ejecutorio en el que decreta la búsqueda, detención e ingreso en prisión de D.J.N.T., uno de los tres condenados a 13 años de prisión por el conocido como caso de la manada de Badajoz por la agresión sexual en grupo contra una mujer ocurrida de madrugada en septiembre de 2016 en la Urbanización Guadiana de la capital pacense. La Sala de la Audiencia ha remitido las correspondientes requisitorias a la Dirección General de la Policía y a la Guardia Civil para que lo localicen tres meses después de que se decretara su internamiento, hecho que sí han realizado los otros dos condenados. A todos ellos se les dio un plazo voluntario de cinco días para su ingreso.
En concreto, la Audiencia les notificó el decreto de ejecución de la pena a mediados del pasado mes de septiembre y les dio un plazo de 5 días hábiles para que acudieran voluntariamente a un centro penitenciario. Dos de los condenados acataron la orden y se personaron en la cárcel de Badajoz el 26 de septiembre, pero el tercero no acudió y sigue en paradero desconocido. El abogado defensor del grupo, Fernando Cumbres, ha señalado a este periódico que desde que se produjo el fallo y se conocieron las penas el prófugo dejó de mantener relación profesional con el letrado, por lo que desconoce su paradero.
Los tres varones fueron condenados por la Audiencia Provincial de Badajoz en 2022 a 13,5 años de cárcel, condena que ratificó posteriormente el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx). Sin embargo, el Tribunal Supremo rebajó a 12 años en aplicación de la denominada ley conocida como solo sí es sí tras, tras admitir parcialmente los recursos de casación interpuestos por la defensa. Los tres fueron condenados por un delito agravado de agresión sexual y otro de lesiones leves.
La Audiencia de Badajoz recogió en su sentencia que los tres varones -que tenían 21 años cuando se produjeron los hechos- fueron “autores responsables de un delito agravado de agresión sexual con acceso carnal por vía bucal”, siendo uno de ellos el autor material de la agresión y los otros dos “cooperadores necesarios”.
Los tres encausados recibieron la misma pena, acogiéndose así a la doctrina ya dictada con anterioridad, con indiferencia de si son los autores materiales o están presentes en el momento en que se produce la agresión al actuar así como “cooperadores necesarios” ante una “víctima especialmente vulnerable”.
Los hechos
El escrito de acusaciones subrayó que la mujer había consumido con anterioridad “abundantemente” bebidas alcohólicas, al punto de protagonizar un incidente con otra mujer y ser expulsada de un pub, donde coincidió con los jóvenes acusados, de los que conocía a uno de ellos. A la hora próxima al cierre del establecimiento, los acusados volvieron a encontrarse con ella, a las puertas del pub, y aprovecharon su estado -según los hechos considerados probados- para llevarla a empujones a la zona donde la agredieron.
El fallo relata que los tres varones aprovecharon el estado de “embriaguez, confusión y desorientación” de aquella para llevarla “a empujones” hasta el fondo de la rampa de acceso a un garaje de la urbanización Guadiana de Badajoz, “donde la despojaron de sus ropas dejándola totalmente desnuda, acorralándola entre los tres y agarrándola por el cuello y los brazos”, según el escrito de la acusación.
Durante la agresión, los tres hombres le espetaron a la víctima frases como “para qué te crees que hemos venido aquí”, recriminándole que habían gastado todo el dinero durante la noche para que ella “fumara y bebiera”.
Alertados por la llamada de un vecino, hacia las 05.20 horas, los efectivos policiales hallaron a la víctima totalmente desnuda, de rodillas y apoyada contra la puerta del garaje en tanto que sus tres agresores se encontraban con los pantalones desabrochados y al menos dos con la camisa abierta.
En el lugar de los hechos fue recuperado un preservativo usado, cuyo posterior estudio ratificó que correspondía a uno de los jóvenes. De las muestras biológicas tomadas de lavado vaginal de la víctima, según describe la sentencia, “se detectaron trazas de semen con el perfil genético de dos varones distintos de aquel”.
Las defensas anunciaron un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional contra la sentencia al entender que se han vulnerado sus derechos fundamentales a la presunción de inocencia, a un proceso judicial con todas las garantías y a la tutela judicial efectiva, así como la petición de la suspensión cautelar de la ejecución de la pena privativa de libertad hasta que el tribunal de garantías resolviera.