La juez archiva la única causa activa por torturas durante el franquismo
Un juzgado de Madrid ha archivado la única causa activa por torturas del franquismo, que se abrió el año pasado al amparo de la Ley de Memoria Democrática. Entre los querellados por las torturas que sufrió Julio Pachecoa manos de la Dirección General de Seguridad tras su arresto en 1975 estaba el comisario José Manuel Villarejo.
La titular del Juzgado de Instrucción número 50 de Madrid, Ana María Iguácel, concluye que no es posible perseguir los hechos por lesa humanidad, dado que ese delito no estaba incluido en la legislación española en el momento de los hechos. Tampoco el de torturas que se plantea de forma subsidiaria y que no entró en el Código Penal hasta 1978. En cualquier caso, las torturas o lesiones habrían prescrito holgadamente, además de haber quedado borradas por la Ley de Amnistía de 1977.
En esa secuencia de razonamientos la magistrada se apoya en resoluciones previas del Supremo y el Constitucional sobre la materia.
“El estado de la jurisprudencia no ha cambiado tras la promulgación de la Ley de Memoria Histórica 20/2022”, indica la juez, que cita un auto del Constitucional de este mismo año que cerraba la vía judicial de otra querella por torturas franquistas.
En esa resolución, el TC indicaba que la Ley de Memoria “no sustituye” al tribunal en la interpretación de los derechos fundamentales y que “su articulado no habilita para que las normas del Derecho internacional penal se conviertan en fuente directa o indirecta del Derecho penal para investigar y juzgar hechos que no estaban tipificados en la ley penal nacional entonces vigente, aplicándoles ahora las características de imprescriptibilidad y de no ser susceptibles de amnistía”.
La juez reproduce ampliamente los argumentos de los votos particulares que hubo en el TC favorables a permitir este tipo de investigaciones judiciales. Pero añade que “el [auto de 2024] dictado con posterioridad a la entrada en vigor de la Ley de Memoria Democrática obliga a un replanteamiento de la instrucción y a declarar el sobreseimiento libre por prescripción y archivo de las actuaciones”.
La coordinadora Ceaqua, que ha informado este martes de la decisión judicial, recuerda que “tras seis años de lucha en los juzgados españoles y más 100 querellas criminales presentadas denunciando crímenes contra la humanidad cometidos por la dictadura franquista, la de Julio Pacheco fue la única en la que después de ser admitida a trámite, se citó a los querellados en calidad de investigados y se tomó declaración”.
Ceaqua muestra su “más absoluta disconformidad y absoluto rechazo” con la decisión judicial y ha interpuesto ya un recurso de apelación para que sea revisada por la Audiencia Provincial de Madrid.